Licencia por paternidad

Beneficio:

  • Licencia remunerada por paternidad en caso de alumbramiento de la cónyuge o conviviente del trabajador.
  • Se trata de una licencia remunerada.
  • Tendrá una duración de cuatro días hábiles (laborables) consecutivos.
  • El trabajador deberá comunicar a su empleador la fecha probable de parto con una anticipación de 15 días naturales.